El BOE lo confirma: esta es la comunidad donde los dueños de mascotas pueden desgravarse hasta 100 euros

El BOE lo confirma: esta es la comunidad donde los dueños de mascotas pueden desgravarse hasta 100 euros

Tener una mascota implica cariño, compañía y muchas alegrías, pero también una gran responsabilidad y una considerable lista de gastos. Vacunas, desparasitaciones, revisiones obligatorias, esterilizaciones en casos preceptivos… Quien convive con un perro, un gato o un hurón sabe que el veterinario forma parte esencial del presupuesto familiar. Y ahora, en Andalucía, estos gastos podrán desgravarse en la Renta 2025-2026. 

Perro visitando un veterinario © Getty Images
Las vacunas, la desparasitación y algunos gastos de esterilización podrán incluirse en esta nueva deducción autonómica en Andalucía

La Comunidad Autónoma de Andalucía ha incorporado una nueva deducción fiscal por gastos veterinarios derivados de la adquisición de animales de compañía o de la tenencia de perros de asistencia. La medida está recogida en el artículo 22 ter de la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de Andalucía, y permitirá deducir el 30% de determinadas facturas veterinarias, con un límite máximo de 100 euros anuales por contribuyente.

Eso sí, conviene aclararlo desde el principio: no se trata de una ayuda directa ni de un cheque automático por tener mascota. Es una deducción autonómica en el IRPF, por lo que solo beneficiará a quienes cumplan los requisitos y la incluyan correctamente en su declaración.

Qué animales entran en esta deducción

La deducción se aplica principalmente a perros, gatos y hurones, aunque también puede incluir a otros animales de compañía siempre que estén permitidos por la normativa y se mantengan como mascotas, no con fines comerciales o de producción.

Además, la medida presta especial atención a los perros de asistencia. Aquí entran los perros entrenados para ayudar a personas con discapacidad, personas con autismo o víctimas de violencia de género, siempre que cumplan los requisitos legales establecidos.

Cuánto puedes deducirte

La deducción permite aplicar el 30% de los gastos veterinarios satisfechos, con un máximo de 100 euros al año por contribuyente. 

Esto significa que, si una persona paga 200 euros en gastos veterinarios deducibles, podría deducirse 60 euros. Si paga 400 euros, el 30% serían 120 euros, pero el límite legal hace que solo pueda aplicar 100 euros.

Eso sí, no todas las facturas del veterinario podrán desgravarse. La deducción solo se aplica a determinados gastos relacionados con la adquisición de la mascota o con el cuidado de perros de asistencia. 

Los perros de asistencia también están incluidos en esta medida fiscal aprobada en Andalucía© Getty Images
Los perros de asistencia también están incluidos en esta medida fiscal aprobada en Andalucía

Qué gastos veterinarios se pueden incluir

Entre los gastos deducibles están los relativos a vacunaciones, desparasitación y otros tratamientos que sean obligatorios conforme a la normativa andaluza sobre animales de compañía.

También podrán incluirse los gastos de esterilización del animal en los casos en los que la ley lo exija. Esto afecta, por ejemplo, a personas que adoptan mascotas a través de protectoras o refugios, a quienes se comprometen a esterilizarlas después de la adopción o a determinados casos de compra para evitar la reproducción no controlada de animales. 

Este punto es importante: no basta con tener cualquier factura veterinaria. El gasto debe encajar en los conceptos admitidos por la deducción y estar correctamente justificado.

La adopción tiene ventaja frente a la compra

Uno de los aspectos más interesantes de esta deducción es que no se aplica durante el mismo periodo en todos los casos.

Con carácter general, si el animal de compañía se adquiere mediante compra, cesión o venta conforme a la ley, la deducción se puede aplicar durante el año siguiente a la fecha de adquisición.

En cambio, si la mascota ha sido adoptada, el plazo se amplía: los gastos veterinarios deducibles podrán aplicarse durante los tres años siguientes a la fecha de adopción.

Y si se trata de un perro de asistencia, la deducción podrá aplicarse durante todo el periodo de tenencia del animal por parte del contribuyente.

En la práctica, esto convierte la medida en un incentivo fiscal especialmente favorable para quienes adoptan animales, además de reconocer el papel esencial que cumplen los perros de asistencia en la vida de muchas personas.

Las personas que adopten mascotas podrán beneficiarse de esta deducción durante más tiempo que quienes las compren© Getty Images
Las personas que adopten mascotas podrán beneficiarse de esta deducción durante más tiempo que quienes las compren

Requisitos de renta

Eso sí, no todo el mundo podrá beneficiarse de esta deducción. Para aplicarla, los ingresos del contribuyente no pueden superar los 80.000 euros anuales en declaración individual ni los 100.000 euros en conjunta.

Además, los gastos veterinarios deben haberse pagado a partir del 1 de enero de 2025. En el caso de perros, gatos, hurones u otras mascotas, la compra, cesión o adopción también debe haberse realizado desde esa fecha. Los perros de asistencia quedan fuera de esta limitación.

La factura es imprescindible

Para que Hacienda acepte la deducción, los gastos deben estar justificados mediante factura expedida por un profesional o centro veterinario legalmente autorizado.

No basta con un recibo informal, un justificante bancario o un ticket sin detalle suficiente. La factura debe permitir identificar el servicio prestado, el centro veterinario y el pago realizado.

Tampoco es necesario adjuntar las facturas al presentar la declaración, pero sí conservarlas por si la Agencia Tributaria las solicita posteriormente.

Revisar las facturas veterinarias antes de confirmar el borrador puede ayudar a pagar menos en la próxima Renta© Getty Images
Revisar las facturas veterinarias antes de confirmar el borrador puede ayudar a pagar menos en la próxima Renta

Qué ocurre si paga una pareja

La normativa también explica cómo se reparte la deducción cuando los gastos se pagan desde una cuenta compartida. En esos casos, Hacienda entenderá que el pago corresponde a todos los titulares a partes iguales, salvo que se demuestre lo contrario.

Además, si el dinero procede de una cuenta ganancial, ambos cónyuges podrán aplicarse la deducción por la mitad del gasto, aunque la factura o la cuenta bancaria estén solo a nombre de uno de ellos.

Cómo se aplicará en la Renta

Para aplicar esta deducción, el contribuyente deberá incluir el importe de los gastos veterinarios en el apartado de deducciones autonómicas de Andalucía dentro de Renta Web. El sistema calculará automáticamente el porcentaje correspondiente y aplicará el límite máximo de 100 euros por persona.