El impuesto que inventó Mancera para no pagarle al ISSSTE

El impuesto que inventó Mancera para no pagarle al ISSSTE

Entre las muchas cosas malas que hizo Miguel Ángel Mancera cuando fue Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, está el haberse quedado con las cuotas de los trabajadores y las aportaciones de las autoridades que debieron haberse entregado al ISSSTE.

Para enmascararlo, inventó que el ISSSTE le debía a su gobierno el pago del impuesto predial.

Fue un invento porque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 122:

“Las Leyes federales no limitarán la facultad de la Ciudad de México para establecer las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria... Sólo estarán exentos los bienes del dominio público de la Federación, de las entidades federativas o de los municipios…”.

Ni el ISSSTE ni ninguna otra institución pública han tenido nunca la obligación de pagar impuesto predial.

En otras palabras, Mancera lo hizo para decir: “le debo al ISSSTE, pero el ISSSTE me debe más”.

El Instituto impugnó las pretensiones del gobierno de Mancera Y el litigio en los Tribunales llegó hasta nuestros días.

Hace unos meses, un Tribunal Colegiado de Circuito resolvió, contra el mandato constitucional, que el ISSSTE debía pagar 5 mil 800 millones de pesos de impuestos.

Dicha cantidad representaba un monto superior a todo el presupuesto de obras, mantenimiento y equipamiento del ISSSTE para 2026.

Además, provocaría el cobro del impuesto predial al ISSSTE en todo el país.

Pero sobre todo, sentaría un precedente para que se cobrara predial al IMSS, al IMSS-Bienestar, a los planteles escolares, centros comunitarios, estancias infantiles públicas y a todo tipo de bienes inmuebles públicos destinados a la función social. Cientos de miles de edificaciones se verían afectadas. Y se cumpliría el anhelo conservador de gravar la seguridad social y la salud pública.

Pero para mayor agravio, ¡el Tribunal Colegiado no notificó su resolución al ISSSTE!

Quedándose en la indefensión ante este Tribunal, el ISSSTE recurrió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para evitar una violación a la Constitución y defender el patrimonio de 13 millones de derechohabientes.

En su análisis, ministras y ministros advirtieron que era evidente una cuestión de constitucionalidad. La Constitución establecía con claridad que no se podía cobrar impuesto predial a las instituciones públicas.

En la resolución que tomó por amplia mayoría, el Máximo Tribunal del país regresa el caso al Tribunal Colegiado para que corrija su error.

No es una condonación. Simplemente, dicha deuda fiscal nunca existió.

Algunos consorcios privados no entienden por qué las instituciones públicas de bienestar social gozan de estas exenciones. La respuesta es sencilla: son instituciones sin fines de lucro, no buscan la ganancia, las utilidades o el beneficio personal.

POR MARTÍ BATRES GUADARRAMA
Director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)

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