Milei busca flexibilizar Ley de Glaciares para impulsar la minería de cobre, tras acuerdo con EE UU
El Congreso de Argentina debatirá en sesiones extraordinarias una modificación a la Ley de Glaciares, vigente desde 2011 y considerada pionera en la protección de estas masas de hielo, fundamentales para la preservación de diversos ecosistemas y la disponibilidad de agua para consumo humano. Organizaciones ambientalistas sostienen que la reforma impulsada por el presidente Javier Milei, y que busca flexibilizar el marco normativo en beneficio de la industria minera, es inconstitucional.
La legislación actual fija “los presupuestos mínimos” para la tutela de glaciares y zonas periglaciares, con el objetivo de conservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos, garantizar la biodiversidad y mantener su valor turístico. El texto subraya que “los glaciares constituyen bienes de carácter público”.
El artículo sexto prohíbe cualquier actividad que pueda afectar su condición natural o su función como reservas hídricas estratégicas, ecosistemas o atractivo turístico. De manera explícita, veta la exploración y explotación hidrocarburífera y minera tanto en áreas glaciares como periglaciares, estas últimas entendidas como regiones de montaña con suelos congelados que regulan los ciclos del agua.
Asimismo, la norma designa al Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) como responsable del Inventario Nacional de Glaciares, instrumento creado para identificar y delimitar las zonas protegidas.
¿Qué propone la reforma a la Ley de Glaciares?
Desde la Casa Rosada se argumenta que los conceptos y prohibiciones establecidos son ambiguos, lo que habilita interpretaciones arbitrarias y restringe el aprovechamiento económico de los recursos naturales en áreas cordilleranas.
“A más de 15 años de su sanción, la mal llamada Ley de Glaciares ha demostrado graves falencias interpretativas que generaron inseguridad jurídica, paralizaron inversiones productivas y afectaron el legítimo ejercicio de las competencias provinciales sobre los recursos naturales”, afirmó la Oficina del Presidente en un comunicado.
La iniciativa mantiene la declaración de los glaciares como bienes públicos, pero propone una reinterpretación de su alcance a la luz de los artículos 41 y 124 de la Constitución, vinculando su regulación a la “utilización racional de los recursos naturales” por parte de las provincias.
El proyecto conserva la intervención del IANIGLA, aunque otorga a las autoridades provinciales la facultad de informar sobre glaciares no inventariados, solicitar su exclusión del registro y determinar cuándo una masa de hielo no cumple funciones hídricas.
Si las autoridades competentes concluyen que un glaciar carece de función hídrica, dejará de estar protegido por la ley específica y quedará sujeto únicamente a la Ley General del Ambiente. Además, la propuesta redefine las actividades prohibidas: elimina la restricción expresa en el ambiente periglacial y establece que solo quedarán vedadas aquellas que alteren “de modo relevante” la condición natural o las funciones hídricas. Las provincias podrán autorizar intervenciones, siempre mediante una evaluación ambiental bajo su órbita.
